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SCJN emite su primera declaratoria de inconstitucionalidad a favor de las concubinas de militares.

porRH Noticias

Sep 19, 2025

En una histórica decisión unánime, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 160 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas. Este fallo, el primero de su tipo por la nueva conformación del tribunal, garantiza que las concubinas de militares puedan acceder a servicios de seguridad social y a la pensión por viudez sin la necesidad de que el militar las haya registrado oficialmente.

El proyecto, propuesto por la ministra Lenia Batres, argumenta que la norma discriminaba a las parejas que no estaban formalmente casadas o que no habían sido reconocidas por el militar, lo que limitaba sus derechos fundamentales. Durante el debate, los ministros destacaron que esta restricción violaba el Artículo 4° constitucional, que protege el derecho a formar una familia, independientemente de su estructura legal. La decisión se alinea con precedentes de la Corte en casos similares que buscaban ampliar los derechos de seguridad social.

Ministros como Arístides Guerrero y Estela Ríos enfatizaron la necesidad de que las concubinas puedan presentar otras pruebas, como la existencia de un domicilio y patrimonio común o una relación de dependencia económica, para demostrar su estatus. Con esta resolución, la Corte elimina una barrera legal y asegura que los derechos de las parejas de militares se basen en la realidad de su relación y no en un trámite administrativo.


 

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